Ayudas a la rehabilitación de edificios
Hasta no hace mucho tiempo, en el sector de la construcción, el modelo de actuación urbanística que se ha seguido fundamentalmente ha sido la construcción de vivienda nueva, mientras que la rehabilitación se reducía a actuaciones de muy pequeña entidad. En términos porcentuales, la construcción de vivienda nueva llegó a representar el 85% del volumen de negocio frente al 15% de la Rehabilitación (años 2.006-2.007). Las referencias que encontramos en nuestros vecinos europeos, por el contrario, se establecen desde hace ya un tiempo, entorno al 60% la rehabilitación y el 40% en obra nueva.
Además, según el último informe de Construmat, en España, por cada euro invertido en rehabilitación, se genera una actividad productiva de 1,85 euros, por cada puesto de trabajo directo en la rehabilitación se generan 1,67 puestos de trabajo y por cada euro de PIB generado por la actuación, se crean 1,83 euros de PIB en el global de la economía española.
En Abril del año 2.013, el Gobierno Estatal aprobó el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana para el periodo 2013-2016 (RD 233/2013). Con este Plan, entre otros, se persigue cambiar el modelo anterior, dando más peso relativo a la rehabilitación dentro del sector de la construcción.
Nos centramos en el caso de la Rehabilitación edificatoria:
- Objeto de la ayuda:
Obras y trabajos de conservación, eficiencia energética y accesibilidad en:
- Instalaciones y equipamientos propios
- Elementos y espacios privativos comunes de edificios residenciales colectivos anteriores a 1981 en los que el 70% de la superficie construida sea de uso residencial y que el 70% de las viviendas sean el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios
- Los edificios con graves daños estructurales o de otro tipo.
- Sean destinados al alquiler durante mínimo 10 años desde la ayuda
- Beneficiarios de las ayudas:
Podrán solicitar estas ayudas comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas
- Importe de las ayudas:
- La cuantía máxima no podrá superar los 11.000 euros/vivienda y por cada 100m2 de superficie útil de local
- Tendrá como límite el 35% del coste subvencionable de la actuación (50% en caso de mejora de la accesibilidad)
- Requisitos:
- Acuerdo de la comunidad de propietarios
- Informe de Evaluación del Edificio
- Proyecto de la actuación a realizar
Todas estas ayudas se gestionan a través de las Comunidades Autónomas y el plazo para solicitarlas es hasta 31 de Diciembre de 2.016.
Desde Trivium Arquitectura te ayudamos a la rehabilitación de tu vivienda o edificio, informándote y gestionando las ayudas que existen.